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Igualdad de trato

LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN 15/2022

Nueva REGULACIÓN QUE ABUNDAN EN LA normativa de igualdad DE TRATO

En el mes de julio se ha publicado en el BOE la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

La misma profundiza en la creación de un marco legal para la prevención, atención y eliminación de todas las formas de discriminación, para el impulso de una aplicación transversal de la igualdad de trato en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas, y para la coordinación entre las diferentes administraciones públicas y su colaboración con los agentes sociales y la sociedad civil organizada. Todo ello para favorecer la corresponsabilidad social ante la discriminación.

Tiene dos objetivos:
– Prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación
– Proteger a las víctimas.

Se necesita la aplicación de métodos o instrumentos suficientes para su detección, así como la adopción de medidas preventivas y la articulación de medidas adecuadas para el cese de las situaciones discriminatorias. Por eso su incumplimiento, que también involucra a las empresas, podrá dar lugar a responsabilidades administrativas, penales y civiles. 

Los representantes legales de las personas trabajadoras, deberán ser informados de las acciones de responsabilidad social adoptadas destinadas a promover las condiciones de igualdad de trato y no discriminación en la empresa y en su entorno social.

La Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) incluirá en su plan anual integrado de actuación, el desarrollo de planes específicos sobre igualdad de trato y no discriminación en el acceso al empleo y en las condiciones de trabajo.

La ley anuncia, igualmente, la creación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, que será la encargada de proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación tanto en el sector público como en el privado.

Cabe destacar que el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han pactado una directiva para que las mujeres supongan al menos un 40% de los consejos de administración de las empresas cotizadas, 33% si se tiene en cuenta a todo el equipo directivo de la compañía. Todo ello debe estar completado a 30 de junio de 2026. Esta directiva será vinculante y tendrá que trasponerse a las normativas nacionales en un plazo de dos años.
Las empresas que no cumplan esta norma deberán comunicar las razones objetivas del desequilibrio. Asimismo, se indica que, si dos personas del mismo sexo tienen la misma cualificación para el puesto en el consejo, deberá ocuparlo la persona del sexo menos representado
Es muy significativo resaltar que hoy en día, el desequilibrio de género es más del doble en los países que no han tomado medidas en este sentido que en los que sí las han implantado.

En Mcgestion estamos preparados para la elaboración de Los Planes de igualdad, la Auditoría retributiva, y la valoración y descripción de los puestos de trabajo. 

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Author

Redacción MC Gestión

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